Cuando se cumple un año de la entrada en vigor de la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, los médicos de primaria y los especialistas no ven con buenos ojos que la persona que aplique el baremo que establece la ley sea un trabajador social y no un médico, ya que, según han explicado a este periódico, "el conocimiento de la dependencia que tiene cualquier profesional sanitario es mayor del que pueda tener una persona de los servicios sociales".
Marta Serrano Romero. marta.serrano@unidadeditorial.es 28/01/2008
Este debate se ha vuelto a abrir a partir de la entrada en vigor del Real Decreto por el que se fijan las prestaciones para los dependientes severos de nivel 2 y se actualizan las de los grandes dependientes para 2008.
Según la llamada Ley de Dependencia, las personas con nivel 2, son beneficiarios del sistema desde este año. Cabe recordar que en 2007 (primer año de aplicación de la ley), todas las personas evaluadas como grandes dependientes eran beneficiarias de la ley. Desde el comienzo de 2008, este derecho universal se ha extendido a los dependientes severos de nivel 2.
Papel del sanitario
Según explica a CF el presidente de la Sociedad Española de Médicos de Atención Primaria (Semergen), Julio Zarco, "desde que se gestó la ley han tenido más peso específico los aspectos sociales que los sanitarios", una situación que vienen criticando desde el principio.
"Se trata de una ley marginal para el sector sanitario que no ha pasado por el Ministerio de Sanidad ni una sola vez y donde los profesionales sanitarios no hemos tenido ni voz ni voto", se queja Zarco.
Para el presidente de Semergen, "el conocimiento del paciente que tiene la enfermería o la medicina no lo tiene el trabajador social, que lo único que realiza en el domicilio de la persona dependiente es un mero trámite administrativo y nada médico", con lo que se corre el riesgo de no aplicar correctamente el baremo.
Según Zarco, varias asociaciones de pacientes se han quejado de cómo se está realizando el baremo, "puesto que tienen que llevar a la persona dependiente a pasar varios tribunales con los problemas que eso conlleva en muchos casos para que, finalmente, no se les incluya dentro del nivel adecuado" (ver información adjunta).
Enfermos mentales
Y no son los únicos. Esta situación es la que aseguran vivir los enfermos mentales y sus familias. Entidades como la Fundación Española de Psiquiatría y Salud Mental (Fepsm) y la Confederación Española de Agrupaciones de Familiares y Personas con Enfermedad Mental (Feafes) sostienen que para la correcta aplicación del baremo habría que hacer una serie de cambios para que el informe de salud sea el correcto, ya que éste contempla fundamentalmente patologías de dependencia motora y no mentales.
Según José Giner, presidente de la Sociedad Española de Psiquiatría Biológica (SEPB), tal y como está formulado el baremo "deja desamparados a los enfermos mentales, puesto que se está poniendo todo el énfasis en la atención a la dependencia y se está dejando de lado la autonomía personal, que es la relativa a este tipo de enfermos".
Por ello, "existe la necesidad de reformular el actual baremo, incluyendo y precisando de forma explícita los aspectos psicológicos específicos de los pacientes con enfermedad mental, para así completar los ya contemplados en el manual de uso del baremo actual", expone.
En lo que respecta al equipo evaluador los especialistas en Psiquiatría y Geriatría reconocen, al igual que Primaria, la falta de formación y experiencia específicas de los miembros que aplican el baremo.
El presidente de la SEPB opina que "se debería asegurar la presencia de una tercera persona formada debidamente en Salud Mental y contemplada en la ley", teniendo en cuenta sus aportaciones.
David Pérez, neurogeriatra de la Sociedad Española de Neurogeriatría, cree que "los baremos nunca deben ser rígidos" y que "las instituciones deberían valorar la progresión que tienen los enfermos de edad avanzada o con Alzheimer y la situación personal de cada enfermo, algo que un médico haría mejor que un trabajador social".
Desde primaria sostienen que son ellos los que deberían aplicar el baremo, "puesto que visitan a menudo a este tipo de pacientes, algo que están haciendo gratuitamente y sin reconocimiento alguno", comenta Zarco. Además, continúa, "desde Semergen se está formando a estos profesionales para que puedan prestar, aún si cabe, una mejor atención domiciliaria".
Según ha podido saber este periódico, las sociedades médicas implicadas (primaria y especializada) han elevado sus quejas a las administraciones pertinentes pero se han encontrado con "un silencio administrativo", explica el presidente de Semergen.
Fuentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales sostienen que están dispuestos al diálogo, pero que la aplicación del baremos es competencia de las autonomías.
Sanidad, al margen
El Congreso de los Diputados aprobó el 30 de noviembre de 2006 la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia donde, por primera vez, se reconocía el derecho de los ciudadanos a recibir una atención por parte del Estado cuando no puedan valerse por sí mismos al llegar a la vejez o como consecuencia de un accidente o enfermedad invalidante. Las sociedades médicas se quejaron de la poca participación de Sanidad en la gestación de esta ley.
Una ley muy social
Con la ley ya en vigor (desde enero de 2007), el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales considera que el informe sobre el estado de salud del paciente que realice el médico de atención primaria "juegue un papel fundamental" en la valoración del grado de dependencia, algo que Primaria asumió de buen grado a pesar de la carga burocrática que eso conllevaba para los centros de salud. Actualmente, las sociedades creen que en la valoración de la dependencia tienen más peso los servicios sociales que ellos.
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